SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 725/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 725/01-R

Fecha: 16-Jul-2001

Fragmento 4

      Estiman que no puede argumentarse que la sentencia de 12 de octubre de 2000 esté ejecutoriada,  puesto que  se han infringido normas procedimentales que atañen y conciernen a derechos fundamentales, quedando expedita únicamente la vía constitucional  para corregir tales  conculcaciones. En razón de lo expuesto, interponen Recurso de Amparo Constitucional, pidiendo les sea concedido, y se declare nulo y sin efecto el proceso ejecutivo, “debiendo retrotraerse la tramitación de la causa hasta el estado de interponerse nueva demanda contra Donaciano Arenas Martínez  y los herederos de Francisca Zambrana Gutiérrez” (sic).