SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 776/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 776/01-R

Fecha: 23-Jul-2001

2.

2.  Que por nota de 25 de abril de 2001, ante la petición de reconsideración de la recurrente, el Comité Electoral ratificó la Resolución anterior N° 23/2001, al haber sido la misma adoptada por unanimidad, al mismo tiempo que le comunicó que pondrían su caso en conocimiento de la Asamblea General de Socios (fs. 25-27 y 32).

2. Que, realizada la convocatoria se presentaron 17 candidatos y en cumplimiento de lo establecido por el art. 16 del Reglamento Electoral de la Cooperativa se procedió a preseleccionar a los candidatos que cumplieron con los requisitos mínimos exigidos por el art. 16 del citado Reglamento; encontrándose dentro de los candidatos preseleccionados la recurrente Irma Salazar de Vargas  conforme consta en la Resolución Nº 23/01.