SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 776/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 776/01-R

Fecha: 23-Jul-2001

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 94 y 102-V de la Ley N° 1836, REVOCA en parte la resolución revisada y declara PROCEDENTE el Recurso únicamente respecto a Mario Hernán Camacho Lizárraga, Presidente del Comité Electoral de la Cooperativa Pío X Ltda., disponiendo la habilitación de la recurrente como candidata oficial al Consejo de Administración en las próximas elecciones, salvo que para esa fecha esté incluida en una de las causales de exclusión previstas en el art. 18 del Reglamento Electoral, debiendo aplicar la Corte de Amparo el art. 102-II de la Ley N° 1836 respecto a la autoridad señalada.