SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 058/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 058/01

Fecha: 23-Jul-2001

IV.1

IV.1   Que, el nuevo Código de Procedimiento Penal en su disposición transitoria  segunda (aplicación anticipada), tercer párrafo prevé “No obstante lo dispuesto en la primera disposición final ingresarán en vigencia los artículos 19 y 20 al momento de la publicación del presente Código y un año después las siguientes disposiciones ..... - El capítulo II del título III del Libro Quinto de la Primera Parte referente al régimen de administración de bienes. Hasta la vigencia plena del Código, todos los incidentes sobre el régimen de administración de bienes serán resueltos por los respectivos juzgados de sustancias controladas....”