SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 67/2001
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 67/2001

Fecha: 15-Ago-2001

Fragmento 4

          Que a pesar de que la Constitución Política del Estado, en sus arts. 185 y 188 establece de forma concreta que existen dos clases de universidades: las públicas y las privadas, y que las públicas son autónomas e iguales en jerarquía, se ha creado una universidad pública sin autonomía -dice-, única en su género; por tanto, es una universidad intervenida, controlada por los poderes públicos, la Iglesia, los sindicatos y artesanos, contraviniéndose también lo dispuesto por el art. 7 del Estatuto Orgánico de la Universidad Boliviana que establece “que ningún gobierno universitario impuesto por la violencia, la amenaza y la coacción interna o externa o que altere o desconozca el régimen autónomo institucional y democrático de la universidad será reconocido por la Universidad Boliviana”.