SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 946/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 946/01-R

Fecha: 06-Sep-2001

2.

2.   Por consiguiente en base a la nueva línea jurisprudencial, sin disponer la libertad del representado del recurrente se ordena corregir el procedimiento, con la devolución del  expediente al representante del Ministerio Público a objeto de que éste a tiempo de realizar la imputación formal solicite la detención preventiva de Pedro Yépez Peña  fundamentando debidamente su solicitud para posteriormente devolverse al Juzgado Segundo de Sustancias Controladas para que dicte el Auto Motivado observando correctamente lo establecido por los arts. 233 y 236 de la Ley Nº 1970.