Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 966/01-R
Fecha: 17-Sep-2001
el recurrente no ha señalado en forma concreta las personas a quienes supuestamente la entidad recurrida habría conculcado sus derechos
En la especie, el recurrente no ha señalado en forma concreta las personas a quienes supuestamente la entidad recurrida habría conculcado sus derechos, por una parte, y por otra, no ha acreditado que los afiliados a la Cámara que representa hayan agotado los recursos que la precitada disposición legal establece, por lo que se hace improcedente otorgar la tutela que ofrece este Recurso que se abre ante actos ilegales u omisiones indebidas que restrinjan, supriman o amenacen suprimir o restringir derechos y garantías fundamentales de las personas -debidamente individualizadas- y siempre que no exista otra vía o recurso previsto en las Leyes para lograr esa protección.