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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 57/02-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 57/02-R

    Fecha: 18-Ene-2002

    7)

    7)   Por nota HCMG Nº 763/2001, de 11 de septiembre (fs. 101), la recurrente pidió licencia indefinida “con el afán de regularizar problemas personales y de tipo familiar”.  En la misma nota se evidencia la aprobación  “por mayoría simple” de la licencia solicitada,  suscribiendo el Presidente del Concejo Municipal en 13 de septiembre.

    • VISTOS:
    • 1.
    • 2.
    • a)
    • 3.
    • 5)
    • 7)
    • 9)
    • CONSIDERANDO:
    • realizado de acuerdo a lo dispuesto por el art. 35 de la mencionada Ley, sin que al respecto se evidencie acto ilegal u omisión indebida que conculquen los derechos de la recurrente
    • Sin embargo, la sanción  impuesta por el Concejo Municipal, contemplada en el art.  Cuarto de la Resolución HCMG Nº 165/2001
    • POR TANTO:

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