SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1215/2002 - R
Fecha: 14-Oct-2002
a)
Que, la recurrente ha presentado su demanda denunciando la vulneración de sus derechos a la libertad, a la locomoción, al debido proceso, a no ser detenido sin el cumplimiento de las formalidades legales y a la inviolabilidad del domicilio previstos en los arts. 6-II, 7-g), 9-I, 16-I-II-III y 21 CPE, con el argumento siguiente: a) que el recurrido expidió mandamiento de aprehensión en su contra sin haberla citado previamente; b) que ejecutó el mandamiento con violencia y allanando su domicilio y c) que le impidió comunicarse con un abogado que le preste asistencia profesional. En consecuencia corresponde, dilucidar si tales actos son ciertos y sin son lesivos a los derechos referidos a fin de otorgar o no la tutela solicitada.