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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1227/2002 - R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1227/2002 - R

    Fecha: 14-Oct-2002

    II.3

    II.3     Que, ninguna de esas actuaciones fueron impugnadas por los recurrentes con el argumento que ahora exponen, al igual que no se impugnó el decreto de 20 de octubre de 2002, por el cual se ordenó que se notifique  al ejecutado, ocupantes y poseedores para que hagan entrega del inmueble (fs. 124), pues si bien no cursa el formulario de notificación, los recurrentes no han alegado no haber sido notificados.

    • Hernán Tapia Balboa y Juana Mollo Quispe
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
    • contra Reynaldo Fernández Calvo, Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial
    • I.2.1
    • a)
    • improcedente
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • APRUEBA

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