Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1233/2002-R
Fecha: 14-Oct-2002
improcedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara improcedente el Recurso, con los siguientes fundamentos: a) el 22 de julio se presentó la acusación ante el Tribunal de Sentencia, copia que fue remitida a la Jueza Cautelar el 23 del mismo mes, y el recurso de amparo fue interpuesto el 7 de agosto b) han cesado los efectos del acto reclamado, antes de la presentación de esta acción además de que el recurrente consintió la producción de esos actuados procesales, sin efectuar su defensa oportunamente, por lo que es aplicable el art. 96 numeral 2) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).