SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1260/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1260/2002-R

Fecha: 21-Oct-2002

I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.

Que, iniciado el proceso y al vencimiento del plazo de la etapa preparatoria, los fiscales recurridos no acusaron ni presentaron otra solicitud conclusiva en el plazo de seis meses, incumpliendo con su obligación prevista en el tercer párrafo del art. 134 de la Ley 1970, de 25 de marzo de 1999 o Código de Procedimiento Penal (CPP). En esta situación, el Juez recurrido pronunció el Auto de 31 de julio de 2002 por el que conminó a la Fiscal de Distrito para que en el plazo de cinco días cumpla lo dispuesto por Ley.

Que, el presente caso se encuentra radicado desde el 08 de enero de 2002, habiendo tenido los Fiscales recurridos plazo para presentar su acusación hasta el 08 de julio de 2002, Sin embargo -alega el recurrente- cuando habían transcurrido once días de vencido el plazo de la etapa preparatoria, es decir el 19 de julio de 2002 presentan su acusación, por lo que la misma no tiene ninguna validez jurídica de acuerdo al art. 31 de la Constitución Política del Estado, ya que fue realizada fuera de todo término legal.