Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1260/2002-R
Fecha: 21-Oct-2002
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente considera estar indebidamente detenido porque los Fiscales recurridos han presentado su acusación fuera de término legal, la misma que carece de valor legal y el Juez Cautelar demandado no ha declarado extinguida la acción penal, pese a que el Fiscal de Distrito en el plazo otorgado no presentó acusación alguna. Conforme a las normas legales aplicables, jurisprudencia de este Tribunal y demás antecedentes que constan en obrados, se pasa a verificar si es evidente la detención ilegal denunciada.