Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1260/2002-R
Fecha: 21-Oct-2002
II.1.
II.1. Que, a querella formulada por el Banco Internacional de Desarrollo en contra del recurrente y otros (fs. 100-102), el Fiscal de Materia en 09 de enero de 2002 requiere porque se organice la investigación (fs. 103), habiéndose comunicado el inicio de dichas investigaciones al Juez Cautelar el 10 del mismo mes y año (como se desprende del tenor del Auto que cursa a fs. 1).