Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1287/2002-R
Fecha: 28-Oct-2002
procedente
Concluida la audiencia el Juez de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara procedente el recurso, con el fundamento de que el Fiscal demandado incurrió en acto ilegal al inhibirse y remitir los actuados al Fiscal de San Pedro de Buena Vista, sin poner dicha resolución en conocimiento del Juez Instructor quien ejerce el control de la investigación, vulnerando los arts. 42, 44, 49, 54 incs. 1) y 2) y 279 CPP y 3, 44, 45 incs. 1) y 2) LOMP, puesto que el traslado con la solicitud de su inhibitoria que se le corrió era para que conteste y sea el Fiscal de Distrito quien resuelva sobre la procedencia o improcedencia de la solicitud.