Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1296/2002-R
Fecha: 28-Oct-2002
el art. 31 de la Convocatoria
En forma concordante con la última norma referida, el art. 31 de la Convocatoria emitida para las elecciones del directorio del Centro de Estudiantes de la Carrera de Comunicación Social de la UTO, claramente reza, en su inciso a): “Una vez conocidos los resultados del cómputo general, se declarará ganador al frente que obtenga la mayoría de votos (simple mayoría)”. El inciso c) de la misma disposición determina que en caso de existir un empate se procederá a una segunda vuelta con los frentes que igualaron en votos mayoritarios.