SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1296/2002-R
Fecha: 28-Oct-2002
III.1.
III.1. El presente recurso es interpuesto por los actores aduciendo que los recurridos, como miembros del Comité Electoral que llevó adelante las elecciones para renovar la Directiva del Centro de Estudiantes de la Carrera de Comunicación Social de la UTO, vulneraron sus derechos a ser elegidos y ejercer la representación emanada del voto popular, en mérito a que, no obstante haber resultado ganadores en las elecciones del 3 de mayo, los demandados permitieron la realización de una segunda vuelta y declararon vencedores a los otros dos Frentes participantes, que formaron una coalición después del primer claustro, siendo esto admitido en contra de lo dispuesto en la convocatoria. Corresponde analizar si tales hechos son evidentes y, de serlo, si dan lugar a la otorgación de la tutela buscada, tomando en cuenta los caracteres propios del amparo constitucional.