SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1319/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1319/2002-R

Fecha: 30-Oct-2002

improcedente

Concluida la audiencia el Tribunal de hábeas corpus pronuncia  Resolución  que declara improcedente el recurso con los siguientes fundamentos; 1) los mandamientos cuestionados fueron efectuados dentro del marco de la ley y una vez prestada la declaración indagatoria  y a momento de definirse la situación jurídica de José Pablo Quiróz Torrico, la Jueza demandada ordenó su detención preventiva por concurrir los presupuestos establecidos por los arts. 234 y 235 CPP, actuando correctamente; 2) los Vocales demandados actuaron conforme a las previsiones del CPP, al constatar la existencia de elementos de convicción suficientes que hacen procedente la medida dispuesta por la Jueza de Instrucción.

En consecuencia, el caso no se encuentra dentro de las previsiones del art. 18 de la Ley Fundamental, de manera que el Tribunal de hábeas corpus al haber declarado  improcedente  el recurso   ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales  y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.