SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1321/2002-R
Fecha: 30-Oct-2002
1)
El abogado y apoderado del demandado Alcalde Municipal informa: 1) el recurrente debió hacer la denuncia ante el Ministerio Público ya que lo acusa al Alcalde de la comisión de delitos y el amparo no es sustitutivo de otros recursos ordinarios a los que puede acudir; b) la demanda de usucapión salió probada sólo en la superficie de 1200 mts2. y está pendiente de resolución en recurso de casación, sin embargo el recurrente vendió terrenos; c) la donación de terrenos que realiza el Alcalde nace de una Ordenanza Municipal que está inserta en la minuta en la que se autoriza hacer la demolición de la construcción del recurrente, para prevenir problemas sin que con ello abuse de su condición de Alcalde.