Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 100/2002
Fecha: 28-Nov-2002
I.2. Trámite procesal en el Tribunal.-
Que a solicitud del Magistrado relator quien requiere de mayor tiempo para efectuar un mejor análisis del recurso, se amplía el plazo del mismo en la mitad del termino, mediante Acuerdo Jurisdiccional 87/2002, siendo la nueva fecha para dictar Resolución el 2 de diciembre de 2002, por lo que la presente sentencia ha sido dictada en el termino que prevé la Ley.
- promovido por Delfín Pozo Jiménez, Superintendente interino de Hidrocarburos a solicitud de Pascuala Cruz de Córdova
- I.1.1. Relación Sintética del recurso
- 1)
- admite el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal.-
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1
- III.2
- III.3