Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1346/2002-R
Fecha: 04-Nov-2002
II.2.
II.2. Que, la recurrente en representación de su padre, por memorial de 26 de agosto de 2002, solicita se levante la medida del arraigo (fs. 114), solicitud que fue negada por Auto de 17 de septiembre de 2002, en el que se dispone el arraigo no se levanta hasta que se de una garantía real (fs. 117).
- Galy Durán Soruco en representación de Cecilio Dúran Martínez
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- D.L. 14933 de 29 de septiembre de 1977 aplicable a procesos coactivos fiscales -como el presente caso-
- en ninguno de los siguientes casos sea procedente el apremio corporal del deudor
- Del contenido de los artículos citados se extrae que la nueva normativa legal deroga la conminatoria de apremio y el apremio corporal, por ser una medida de coacción, restrictiva de la libertad personal, no compatible con la persecución del cobro de las obligaciones patrimoniales, entendimiento que guarda plena correspondencia con lo establecido en el Art. 7