Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1392/2002-R
Fecha: 18-Nov-2002
1.3.
Que, asimismo conforme a lo previsto por el art. 45 LTC, el Magistrado Relator, por Auto Constitucional 482/2002-CA, de 22 de octubre, solicitó la remisión de todos los antecedentes relacionados al trámite de inscripción de la candidatura del recurrente (fs. 146). Al haber llegado a conocimiento de este Tribunal la documentación solicitada, mediante decreto de 11 de noviembre de 2002 (fs. 204), se reanuda la computación del plazo, cuyo nuevo vencimiento es el 29 de noviembre de 2002; por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo legalmente establecido.