Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1392/2002-R
Fecha: 18-Nov-2002
I.2.1. Ratificación y ampliación del Recurso.
Mediante su abogado ratificó el tenor de su demanda, expresando que en anterior oportunidad, la Corte Nacional Electoral le otorgó credencial para el cumplimiento de otra función pública (Concejal Municipal), porque demostró el cumplimiento de los requisitos previstos en los arts. 65 y 105 CPE. Actualmente la Corte Nacional Electoral no puede contrariar sus propias decisiones, mucho más si sus observaciones no se refieren a la falta de libreta del servicio militar (la misma que la exhibió en audiencia) sino simplemente a su nombre.