Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1426/2002 - R
Fecha: 25-Nov-2002
II.1
II.1 Que, sentada la denuncia contra el recurrente por el delito de violación el 31 de noviembre de 2001 y luego proseguida la acción penal por la Defensoría de la Niñez y Adolescencia a partir del 31 de julio del presente año, (fs. 28, 29), habiendo el Fiscal recurrido, emitido orden de citación en la misma fecha, la cual fue representada señalándose que el recurrente no fue habido en la localidad de Palmar - Entre Ríos, y que se ocultaba maliciosamente (fs. 32) vta.), lo cual, motivó que el recurrido Fiscal nuevamente emitiera otra orden el 6 de agosto de 2002, que fue representada en el mismo sentido (fs. 34).