SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1432/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1432/2002-R

Fecha: 25-Nov-2002

Fragmento 4

     La Resolución 504/2002 de 27 de agosto de 2002, cursante a fs. 73, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declara PROCEDENTE el recurso, “debiendo regularizar el procedimiento, dejar sin efecto el mandamiento de detención expedido y retomar el curso del debido proceso que prevé el  procedimiento penal”, con estos fundamentos: 1) “la autoridad demandada, en la tramitación del juicio oral por el delito de calumnias, ha incurrido en una serie de imprecisiones e irregularidades procesales como ser el haber admitido el proceso sin una acusación formal particular como debió haberse dado y que luego no se cumplió y se vulneró el carácter principal del proceso oral que es la continuidad”;  2) “otro de los errores procesales cometidos es la declaratoria de rebeldía, no obstante que existió la justificación del impedimento legal por parte de Carlos Alberto Agreda Lema”; 3) “estos antecedentes evidentemente demuestran que la autoridad recurrida al no haber cumplido adecuadamente las formalidades procesales, que son casi sagradas de acuerdo al NCPP”, ha incurrido en  procesamiento y persecución indebidos contra el representado de la recurrente.