Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1432/2002-R
Fecha: 25-Nov-2002
II.5
II.5 Defiriendo a la solicitud del querellante, en 4 de abril de 2002 (fs. 31 vta.), se señaló audiencia de juicio para el 22 de abril, siendo notificadas legalmente ambas partes. En dicha audiencia (fs. 33), la autoridad judicial repuso obrados hasta que el querellante presente acusación formal “Conforme lo dispone el art. 375 concordante con el art. 341” CPP.