SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1437/2002-R
Fecha: 25-Nov-2002
improcedente el recurso
La Resolución de 13 de septiembre de 2002 (fs. 67-68), de acuerdo con el dictamen fiscal declaró improcedente el recurso, con costas y sin multa por ser excusable, con los siguientes fundamentos: a) el proceso laboral que ha originado el recurso ha sido sorteado correctamente al Juzgado Cuarto del Trabajo y Seguridad Social con la intervención del vocal semanero y Secretaria de Cámara; b) la violación al debido proceso por la citación al personero de la empresa demandada en un domicilio que no corresponde, no ha sido demostrada a través de prueba idónea emitida por el SENAREC o actualmente por FUNDEMPRESA, que son las instituciones encargadas de certificar legalmente el domicilio de una sociedad de responsabilidad limitada, no pudiéndose considerar el Certificado de 12 de septiembre de 2002 por no tener relación con la fecha de citación con la demanda; c) es de aplicación el art. 75 CPT que establece que todo domicilio señalado maliciosamente por una parte, se tendrá por válido a fin de no entrabar la prosecución normal del proceso.