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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1458/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1458/2002-R

    Fecha: 28-Nov-2002

    El representante del Ministerio Público

    El representante del Ministerio Público emite dictamen porque se declare procedente el recurso con el argumento de que no existe orden ni mandamiento de autoridad competente para la retención del vehículo, además de que conforme al art. 289 CPP no existe orden de inicio de investigación  contra la indicada movilidad.

    • Teobaldo Cortez Vargas
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso.
    • Fragmento 3
    • I.2.1.   Ratificación y ampliación del Recurso.
    • I.2.2.
    • El representante del Ministerio Público
    • procedente
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • II.4
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • APROBAR

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