Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1458/2002-R
Fecha: 28-Nov-2002
II.4
II.4 El Comandante de Tránsito, remite el informe solicitado por el Fiscal Asistente que señala que el vehículo fue retenido con fines investigativos y al proceder a su inspección se verificó que el número de motor no corresponde al de la fotocopia del carnet de propiedad presentado por el recurrente, como otras alteraciones en la documentación, solicitando por ello un informe de DIPROVE. Presumiendo -dice- la comisión del delito de falsedad material y otros (fs. 30).