SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1461/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1461/2002-R

Fecha: 28-Nov-2002

1)

El Juez demandado señala: 1) es evidente   que por error se admitió el recurso, pero al revisar nuevamente y advertidos del mismo,  revocaron  y se dictó la inadmisibilidad  en sujeción  al art. 168 CPP; 2) el proceso se sustancia con el nuevo Código de Procedimiento Penal, en la que no existe la doble instancia ya que el recurso de reposición nada tiene que ver con el saneamiento o la reserva del derecho de recurso por lo que resulta impertinente como fundamento; 3) el recurrente no ha cumplido con los requisitos previstos  para interponer el recurso de apelación restringida conforme prevén los arts. 407 y 408 CPP en relación con los arts. 169 y 370 del mismo cuerpo de leyes, omitiendo el previo reclamo de su saneamiento así como el fundamento de las normas violadas, que por esas omisiones  no pueden  pronunciarse en el fondo del recurso viéndose obligados a rechazar; 4) no  se cometió exceso, abuso o arbitrariedades y no violaron derechos ni garantías fundamentales.