Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1461/2002-R
Fecha: 28-Nov-2002
La representante del Ministerio Público
La representante del Ministerio Público emite dictamen porque se declare improcedente el recurso con el argumento de que las autoridades demandadas no han violado ninguna garantía, por el contrario han aplicado correctamente la ley y con la facultad que la misma les confiere advertidos de su error lo han enmendado anulando el Auto de admisión del recurso de apelación restringida.