Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1479/2002-R
Fecha: 04-Dic-2002
Fragmento 8
Este recurso es planteado por Lourdes Remedios Patzi Paco, alegando que el Juez recurrido, en una mala interpretación y aplicación del art. 240-1) CPP, dentro del proceso que por el delito de giro de cheque en descubierto se le sigue, ha dispuesto su detención domiciliaria en dependencias policiales, motivo por el que se estima indebidamente detenida. Corresponde analizar si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal y las normas legales aplicables, se debe otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Lourdes Remedios Patzi Paco
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- a)
- Fragmento 4
- II.1
- II.3
- II.4
- Fragmento 8
- III.1.
- III.2.
- “
- debe entenderse que la norma prevista por el art. 245 aludido es aplicable a los casos en los que el encausado o procesado se encuentre privado de su libertad por una detención preventiva legalmente dispuesta y se ordene la cesación de esa medida sustituyéndola por una fianza económica
- III.4.
- APRUEBA