Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1500/2002
Fecha: 09-Dic-2002
II.4.
II.4. A través del auto de 18 de octubre de 2002, el juez recurrido dispuso la cesación de la detención preventiva existente contra el recurrente y otro, imponiéndoles medidas sustitutivas, para una vez cumplidas las formalidades se libre el correspondiente mandamiento de libertad, dejando sin efecto la resolución dictada en la audiencia pública de 16 del mismo mes; resolución con la que las partes fueron notificadas en el día, sin que ninguna hubiera hecho uso del recurso de apelación en su contra en el plazo de ley (fs. 17-18).