SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1507/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1507/2002-R

Fecha: 09-Dic-2002

II.2

II.2    Posteriormente, la recurrente al contar con la documentación que acredita tener domicilio establecido como cumplir con los requisitos exigidos que hacen viable la cesación de su detención preventiva, la solicitó ante el Juez que señaló audiencia para el 18 de septiembre de 2002, la que no se llevó a cabo en razón a que el Ministerio Público día antes, es decir el 17 del mismo mes y año presentó acusación en su contra, motivando ello pierda competencia el Juez  radicándose la causa ante el Tribunal de Sentencia.