SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1507/2002-R
Fecha: 09-Dic-2002
III.1
III.1 El recurso de hábeas corpus, tiene por finalidad esencial garantizar la libertad personal y de locomoción, y procede cuando una persona creyere encontrarse indebida e ilegalmente perseguida, procesada o presa, siendo necesario aclarar que cualquiera de estas situaciones deben estar estrechamente vinculadas con el derecho a la libertad individual, y que la protección que brinda en cuanto al debido proceso se refiere, se da cuando está directamente vinculado con la privación de libertad, como en el caso presente en el que la Presidenta del Tribunal de Sentencia, ante la solicitud de cesación de la detención preventiva de la recurrente en vez de imprimirle el trámite respectivo para considerarla oportunamente, la condicionó a que previamente se conforme el Tribunal de Sentencia, no obstante de haber sido admitida por el Juez Cautelar.