SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1510/2002-R
Fecha: 09-Dic-2002
II.2
II.2 En conocimiento del mencionado contrato anticrético, el 20 de noviembre de 2001 Walter Soliz Agreda, formula denuncia ante el Ministerio Público, en contra de Ernestina Bolivia Aguilar de Gómez y Marcelo Abel Gómez Aguilar, por la supuesta comisión del delito de estafa y estelionato ( fs. 1 ). La Fiscal asignada al caso el 24 de abril de 2002, concluida la investigación sin haber recibido las declaraciones informativas de los denunciados, pues no constan en obrados, dicta Resolución decretando el sobreseimiento de los sindicados al no existir suficientes elementos de prueba (fs. 82), la que es objetada ante el Fiscal del Distrito, quien mediante Resolución 71/2002 de 18 de mayo la revoca y dispone que en el término de 10 días la Fiscal que la pronunció realice la acusación.