SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1511/2002-R
Fecha: 12-Dic-2002
II.1
II.1 Emilio Quispe Condori, Sub-Oficial Segundo de Servicios del Ejército por memorial de 23 de julio de 1992, solicita al Gerente General de COSSMIL que de acuerdo al art. 17 del Reglamento de Prestaciones Sanitarias se conceda asistencia médica de por vida a su hijo Rolando Quispe Yujra que padece de insuficiencia renal, por lo que está incapacitado parcialmente para un trabajo remunerativo, constando el cargo de recepción de 24 de julio sin consignar el año (fs. 2), petición que el recurrente reitera en 24 de noviembre de 1999. El Comité de Prestaciones de Salud de COSSMIL mediante la Resolución 195/99 de 29 de diciembre, declara improcedente la solicitud de Seguro Vitalicio solicitado por Emilio Quispe Condori a favor de su hijo Rolando Quispe Yujra, de 24 años de edad, por no adecuarse a lo establecido por el art. 17 del Reglamento de Prestaciones Sanitarias de COSSMIL (fs. 3).