SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1527/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1527/2002-R

Fecha: 17-Dic-2002

a)

Los  abogados del  recurrente ratifican los términos del recurso planteado y los amplían  manifestando: a) presentan este  recurso de hábeas corpus por razón de competencia territorial, sobre la base de un proceso que ha viciado las normas elementales del debido proceso; b) la base del proceso es un contrato de exploración y perforación que debía realizarse en Cochabamba por lo que entienden que la ubicación del delito debería estar en La Paz, y luego en Cochabamba; c) se instauró un proceso penal al recurrente en la provincia Ichilo, localidad de Buena Vista valiéndose de un contrato que tenía con YPFB, habrían vendido acciones de la empresa PAN ANDEAN RESOURCES PLC, provocando una estafa a los seudo querellantes, Jorge Barrientos, Orlando Jordán y Milton Ardaya; d) objetan la competencia del Juzgado y de todas sus actuaciones, como asimismo observan el auto inicial del sumario penal, mandamiento de comparendo, que tienen fechas anticipadas además, de que el abogado defensor que lo representó resultó ser acusador por las actuaciones prestadas en el sumario penal; e) las actuaciones realizadas dentro del proceso penal son violatorias de los más elementales medios de defensa, por lo que acusan de ser un proceso montado, porque pretendieron detener al recurrente sin contar con los mandamientos que se encontraban arrimados al expediente, lo que evidencia que en el presente proceso penal se han vulnerado derechos y garantías constitucionales  como los derechos humanos de los imputados, invocando por ello jurisprudencia del Tribunal Constitucional referida al caso sobre la indefensión del recurrente.