SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1527/2002-R
Fecha: 17-Dic-2002
I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
Añade que prestó servicios en Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) cuando los querellantes cumplían funciones de dirigentes sindicales en esa institución, lo que significa que ellos conocían muy bien donde pudo ser habido, sin embargo prefirieron tramitar el sumario secreto y oculto viciado de nulidad, por lo que observa que un Juez sumariante ordene el procesamiento de alguien a quien no escuchó en audiencia, ni se le permitió defenderse. Afirma que el Auto de procesamiento y el mandamiento de detención formal librado en su contra constituyen actos ilegales, con los que se pretende restringir su derecho a la libertad de tránsito y de movimiento. Reconoce que existe otro juicio penal paralelo, acción que se halla radicada en el Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal Liquidador de Santa Cruz.