Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1527/2002-R
Fecha: 17-Dic-2002
II.4
II.4 Remitido el expediente al Juez de Partido de las Provincias Sara e Ichilo, mediante Auto de 30 de abril el Juez del Plenario ordena se cite al recurrente mediante edictos (fs. 655), cuya publicación cursa a fs. 657, posteriormente se declara su rebeldía la que se publica mediante edicto (fs. 660).