SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1527/2002-R
Fecha: 17-Dic-2002
III.2
III.2 El recurso de hábeas corpus, tiene por finalidad esencial garantizar la libertad personal y de locomoción, y procede cuando una persona creyere encontrarse indebida e ilegalmente perseguida, procesada o presa, siendo necesario aclarar que cualquiera de estas situaciones deben estar estrechamente vinculadas con el derecho a la libertad individual, y que la protección que brinda en cuanto al debido proceso se refiere, se da cuando está directamente vinculado con la privación de libertad, como en el caso presente en el que la violación al debido proceso y al derecho a la defensa que invoca el recurrente incide directamente en su libertad, puesto que existe un auto de procesamiento y un mandamiento de detención formal emitido en su contra.