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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1532/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1532/2002-R

    Fecha: 16-Dic-2002

    improcedente

    Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara  improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) no existe la inmediatez que establece el art. 94 LTC; 2) el recurrente se sometió a la competencia de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, al  apersonarse y pedir la anulación del Auto de concesión de apelación.

    • Luís Fernando Mercado Herrera, en representación de la Empresa Bison Industria de Calzados Ltda.
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso.
    • I.1.3. Autoridades  recurridas  y petitorio.
    • a)
    • 1)
    • improcedente
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • APROBAR

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