Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1545/2002-R
Fecha: 16-Dic-2002
II.2.
II.2. Mediante Informe DDJ 64/2002 de 27 de agosto de 2002, el Director Departamental Jurídico observó la designación del recurrente por presunto incumplimiento del requisito de radicatoria, sugiriendo a la autoridad recurrida que devuelva los expedientes observados a fin de que den cumplimiento a los requisitos extrañados, salvando su mejor criterio (fs. 5-7).