Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1557/2002-R
Fecha: 16-Dic-2002
I.2.1. Ratificación del recurso
El recurrente reiteró los fundamentos de su demanda y con el derecho a réplica hizo constar que existe inmediatez del recurso, ya que sus mandantes recién se enteraron de los hechos y no hay otro recurso que puedan interponer, teniendo como sujetos procesales el derecho legítimo a presentar sus reclamos, el cual se les negó.
- José Edwin Irigoyen Díaz en representación de Wilbert Rodríguez y Carmen Laura Rodríguez Suárez
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2.1.
- I.2.2.2.
- 1.2.2.3.
- procedente
- II.1.
- II.2.
- 13 de marzo de 2000
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- a)
- III.1.
- III.2.