Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1568/2002-R
Fecha: 18-Dic-2002
PROCEDENTE
Concluida la audiencia la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Resolución de 23 de octubre de 2002, que corre a fojas 253-254, que declara PROCEDENTE en parte el presente recurso, disponiendo que el Juez recurrido notifique a todos los ocupantes del inmueble para que hagan valer su derecho e IMPROCEDENTE en cuanto a la incompetencia del Juez en razón a la materia, por cuanto el caso de autos tiene resolución con autoridad de cosa juzgada; todo sin costas ni responsabilidad a las partes.
- José Miguel Nuñez Peña
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados.
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no corresponde el conocimiento de este asunto a la judicatura agraria
- III.2.
- improcedente
- APROBAR