Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1569/2002-R
Fecha: 19-Dic-2002
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Este recurso es planteado por el recurrente alegando que su representado ha sido juzgado en un proceso penal en rebeldía, sin que el Defensor de Oficio que se le designó haya ofrecido ni producido prueba alguna, así como tampoco planteado ningún recurso legal en su defensa, encontrándose actualmente perseguido con un mandamiento de condena. Corresponde analizar si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal y las normas legales aplicables, se debe otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Daniel Vidal Rosado en representación de Nelson Miguel Crapuzzi Zeballos
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- Fragmento 5
- II.1
- II.4
- II.6
- II.7
- II.9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- “
- no ha sido juzgada en proceso legal.
- haber sido oído y juzgado en proceso legal;
- III.3
- III.4