Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1578/2002-R
Fecha: 20-Dic-2002
II.3
II.3 Según lo afirmado por la parte recurrente, comisionado el Sargento Mario Revollo para que ejecute el mandamiento de embargo ordenado, se trasladaron a la localidad de Chulumani donde procedieron al embargo del vehículo de referencia, que fue trasladado a la ciudad de La Paz y depositado en un garaje (no consta en obrados el acta de embargo ni depósito).