SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1596/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1596/2002 - R

Fecha: 20-Dic-2002

III.2

III.2   Que, puesta a disposición del Fiscal, esta autoridad sobrepasando el límite de las 24 horas estipuladas en el art. 226 CPP y, sin regularizar el procedimiento dio por válida la declaración viciada de nulidad absoluta e imputó a la recurrente el delito de homicidio, solicitando se le apliquen medidas sustitutivas “mientras se establezca la verdad real de los hechos y se pueda identificar al o a los autores del hecho punible”, de lo cual se infiere que ignoró no sólo el art. 95 CPP referido, sino también los arts. 93 y 94 CPP que resguardan derechos fundamentales, cuya observancia es imprescindible desde el primer momento de la investigación para las personas involucradas en ella.