SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1603/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1603/2002-R

Fecha: 19-Dic-2002

IMPROCEDENTE

La Sentencia 64 de 17 de octubre de 2002, cursante a fs. 15, dictada por el Juez de Partido y de Sentencia de Camiri, provincia Cordillera del departamento de Santa Cruz, declara IMPROCEDENTE el recurso, con costas, con estos fundamentos: 1) la parte recurrente, en forma inmediata a la decisión de la recurrida, de disponer el retiro de la audiencia del abogado José Romero Maldonado, debió utilizar el recurso de reposición, pero no lo hizo, no siendo el amparo constitucional sustitutivo de los recursos ordinarios que la ley establece; 2) no se ha violado el derecho a la defensa de la recurrente, ya que una de sus abogadas participó en la audiencia; 3) “para conocimiento de las partes, el uso de la corbata tanto de los señores jueces como del personal subalterno del Poder Judicial y de los señores abogados, se ha recibido una circular expresa de la Corte Superior  de Distrito, debiendo hacerse uso de la misma bajo previsiones de ley” (sic).