Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1603/2002-R
Fecha: 19-Dic-2002
la autoridad recurrida incurrió en una ilegalidad al no dejar que el abogado José Romero Maldonado
Asimismo, la autoridad recurrida incurrió en una ilegalidad al no dejar que el abogado José Romero Maldonado, defensor de la encausada, intervenga, participe y ocupe el lugar respectivo en la audiencia mencionada, coartando de esa forma el derecho a la defensa técnica de la imputada, que tiene la potestad de contar con los abogados que estime conveniente, según su prudente criterio